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Violencia Doméstica: Un
patrón
del comportamiento abusivo en cualquier relación que
sea utilizada por un socio para ganar o para mantener energía
y control sobre otro socio íntimo.
- Pueden ser las
acciones o las amenazas físicas, sexuales,
emocionales, económicas, espirituales o psicologicas
de las acciones que influencian a otra persona. Esto incluye
cualquier comportamiento que intimide, manipula, humilla,
aísla, asusta, terrorize, fuerza, amenaza, culpó,
lastimó, daña, o hiere a alguien.
- Fechar violencia
es una forma de violencia doméstica.
Definición Legal de la
Violencia Doméstica
“
Un acto o acto de la violencia amenazado sobre una persona
con quien el agente está o ha estado implicado en
una relación íntima. La violencia doméstica
también incluye cualquier otro crimen contra una persona
o contra característica o cualquier violación
municipal de la ordenanza contra una persona o una característica,
cuando estaba utilizada como método de coerción,
de control, de castigo, de intimidación, o de venganza
dirigió contra una persona con quien el agente está o
ha estado implicado en una relación íntima.” CRS
18-6-800
¿ Cuál es una “relación íntima”?
La “relación íntima” significa
una relación entre los esposos, los ex-cónyuges,
más allá de o los actuales pares solteros,
o las personas sin importar quienes están ambos los
padres del mismo niño, si han casado o han vivido
a las personas juntas a toda hora.” Sección
18-6-800.3 (2)
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